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PROSPERA LA DENUNCIA DE XÓCHITL GÁLVEZ ANTE INE CONTRA MAÑANERAS DE AMLO

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27 de septiembre de 2023

  • La comisión de quejas y denuncias del INE consideró que el presidente se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales.

La denuncia interpuesta ante el Instituto Nacional Electoral INE por la aspirante a la candidatura presidencial del 2024 por el Frente Amplio, Xóchitl Gálvez, en la que acusa al actual jefe del ejecutivo de México, Andrés Manuel López Obrador, por ser recurrente en realizar manifestaciones de índole políticas o electorales durante las mañaneras prosperó.

La comisión de quejas y denuncias del INE resolvió en votación unánime la solicitud de 11 medidas cautelares esencialmente por presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, transgresión al interés superior de la niñez y la vulneración a los principios de imparcialidad y equidad de cara al Proceso Electoral Federal 2023-2024. Sobresale en estas medidas el retiro de algunas de las conferencias mañaneras pasadas.

Las manifestaciones objetadas fueron realizadas en las Conferencias Presidenciales los días 7, 8 y 13 de septiembre en las que el INE estima que estas benefician al partido Morena y a Claudia Sheinbaum, mientras que perjudica a los partidos de oposición y a Xóchitl.

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De igual manera, la Comisión consideró que el presidente se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales.

Además, el INE consideró que existe un riesgo real de que estas conductas ocurran nuevamente pues ante las múltiples medidas cautelares previamente dictadas al presidente de México, quien se dijo que ha sido recurrente en realizad manifestaciones de índole político o electoral en sus conferencias matutinas, se resolvió que previo al inicio de las conferencias de prensa matutinas, se haga público un mensaje en el que se indiquen los límites contenidos en el artículo 134 de la Constitución Federal.



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