- Dicha ley conlleva cambios en la forma en que se otorgan estos recursos legales.
Luego de que la Cámara de Diputados avaló el dictamen para reformar los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, el presidente del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, Daniel Espinosa Licón, consideró que dicha aprobación cuenta con vulnerabilidad de ciudadanos.
La modificación establece que los jueces ya no podrán conceder amparos con efectos generales y suprime la facultad de los juzgadores para otorgar estos recursos en circunstancias excepcionales
Cuando particular a ti una norma o una ley te vulnera un derecho pues es tu amparo en torno a una ley autoaplicativa o heteroaplicativa, es decir, que desde que cobra vigencia la ley ya te causó el perjuicio o cuando te realizan el primer acto de aplicación tú te amparas, pides la suspensión y se detiene el cumplimiento de la ley a partir de ese momento. Ya no lo vamos a tener ningún ciudadano. Esa es la afectación.
Daniel Espinosa Licón, presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.