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DE MANERA CONJUNTA AVALAN MODIFICAR LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR

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14 de junio de 2023

  • En la propuesta deben asegurarse medidas y adaptaciones para que las estudiantes puedan empatar sus estudios y la maternidad.

Con el fin de garantizar educación y apoyo a las mujeres embarazadas de Jalisco, a fin de que no abandonen sus estudios universitarios, es que las comisiones legislativas de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, que preside el diputado Edgar Enrique Velázquez González; y de Estudios Legislativos y Reglamentos, que preside la legisladora María de Jesús Padilla Romo sesionaron en reunión conjunta, para modificar la Ley de Educación Superior del Estado.

En este sentido, se reforman las fracciones XIII y XIV y se recorre en el orden la Fracción ulterior del Artículo 38; se reforman los incisos B) y C) de la Fracción II del Artículo 44 de la Ley de Educación Superior del Estado de Jalisco.

La propuesta plantea considerar la creación de un protocolo por parte de cada universidad del estado de Jalisco, respetando su autonomía, donde se contemplen las líneas de actuación y apoyo por parte de cada institución a las estudiantes embarazadas a fin de facilitar la permanencia en sus estudios a la vez de conciliar con su embarazo y lactancia.

Dentro de este, deben asegurarse medidas y adaptaciones para que las estudiantes puedan empatar sus estudios y maternidad, así como adaptaciones curriculares, de faltas, etc. Considerando espacios de lactancia y la posibilidad de acudir con sus hijos hasta los seis meses a la institución, así como de familiares o redes de apoyo que puedan apoyarla.

Para tal efecto, se establece por ley la emisión de modelos y protocolos que garanticen el acceso, permanencia y egreso de la educación superior de las mujeres en etapa de embarazo, parto y puerperio, en cualquier modalidad educativa; así como que se promueva, respete y favorezca la lactancia materna en las sedes de las instituciones de educación superior, y garantizar la erradicación de cualquier circunstancia social, educativa, económica, de salud, trabajo, culturales o políticas; disposiciones legales, figuras o instituciones jurídicas, acciones, omisiones, barreras de comunicación y de educación con base en los principios del diseño universal o prácticas que tengan por objeto o produzcan el efecto de negar, excluir, distinguir, menoscabar, impedir o restringir el derecho a la educación superior de las personas, grupos o pueblos, especialmente de aquellos que se encuentren en situación de desventaja social o vulnerabilidad.



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