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LAS NOVEDADES DE LA LEY DE MOVILIDAD

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25 de noviembre de 2022

  • Evitar el tráfico generado por “choques lamineros” y fuertes sanciones para quienes cierren vialidades por diversión, son algunas de las modificaciones más relevantes de la nueva Ley de Movilidad, Seguridad y Transporte del Estado de Jalisco.

Estadísticas recabadas por la Secretaría de Transporte de Jalisco, indican que el 60 por ciento del total de percances viales existentes, se tratan de simples “choques lamineros”, con afectaciones mínimas y sin lesionados, que no justifican obstruir el tráfico vehicular

Por esta razón, los artículos 146 y 147 de la nueva Ley de Movilidad, Seguridad y Transporte del Estado de Jalisco establecen que:

“Las personas que tengan un accidente por alcance y de tipo laminero podrán mover sus vehículos si hay acuerdo entre partes, si ambas unidades cuentan con seguro y las aseguradoras tienen convenio”. 

Para fortalecer esta medida, autoridades jaliscienses firmaron convenios con diversas aseguradoras.

https://twitter.com/GDLAhora/status/1540472334196375553

“Se compartirá información entre todas las aseguradoras que en el estado concurren y que al día de hoy son 34. Van a intercambiar información para que de manera directa precisen que las compañías de seguros tienen seguros vigentes con esos automóviles”, detalló Diego Monraz Villaseñor, titular de la Secretaría de Transporte de Jalisco

Una vez que se compruebe que ambos vehículos cuentan con seguro vigente, los afectados deben comunicarse con sus respectivas aseguradoras y aportar la información requerida, como pueden ser fotografías y ubicaciones para finalmente retirar los vehículos.

“En el área de peritos, que todos los días se trabaja en el campo, tenemos identificado que precisamente más del 50 por ciento de los casos que en hora pico provocan accidentes y tráfico, y que ponen en riesgo hasta las personas que están en medio de un choque, se encuentran en este supuesto”, agregó Monraz Villaseñor.

Vale la pena precisar que no en cualquier choque se puede aplicar este método, y es exclusivo para percances lamineros que afecten el mismo carril.

Según datos del Consejo Estatal de Accidentes, las vialidades donde ocurren más estos accidentes son Periférico, López Mateos, Lázaro Cárdenas y Mariano Otero.

Jalisco es el primer estado que firma un convenio de este tipo, en conjunto con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) y cuenta con más de 4 millones de vehículos registrados.

Para los casos en que no exista convenio entre aseguradoras, el Artículo 147 señala que será la Secretaría de Transporte quien proponga los mecanismos “por medio de los cuales las personas conductoras implicadas en el siniestro puedan asentar fehacientemente las circunstancias propias del hecho previo a liberar la vía”.

CIERRES VIALES

Respecto a los cierres no autorizados, el Artículo 133 establece, en el apartado de “accesibilidad de las vías públicas”, que serán sancionados con la aplicación de penas e infracciones que al efecto establezcan las autoridades competentes.

En tanto, el Código Penal Título Tercero, en el apartado de “Ataques a las Vías de Comunicación”, señala en su Artículo 125 bis que:

“Se impondrán de un año a seis años de prisión y multa por el equivalente de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y de cien a quinientas jornadas de trabajo en favor de la comunidad al que organice, incite o promueva o participe en actividades que impliquen el cierre, bloqueo u obstaculización parcial o total de la vía pública de comunicación estatal o municipal, con la finalidad de hacer promoción personal por cualquier medio masivo o redes sociales; afectando la movilidad de terceros en contravención a las disposiciones legales y normativas aplicables”.



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